En esta entrada nos ocuparemos de determinar quien de los dos progenitores puede realizar la declaración de la renta de forma conjunta con sus hijos y como se aplicaría el mínimo por descendientes en caso de una separación matrimonial y custodia compartida.
La agencia tributaria ha publicado una serie de consultas vinculantes respecto a este tema y que resumimos de la siguiente forma:
- Tributación conjunta o individual
Cualquiera de los dos progenitores puede optar por tributar de forma conjunta con sus hijos y el otro, obligatoriamente, tendrá que realizar la declaración individual.
- Mínimo por descendientes
Para la aplicación del mínimo por descendientes, entre otros requisitos, se exige la convivencia con el contribuyente al menos la mitad del período impositivo y que el descendiente no presente declaración por este impuesto con rentas superiores a 1.800 €.
Como norma general, en caso de custodia compartida, el mínimo por descendientes lo aplicarán ambos progenitores a partes iguales, independientemente de quien presente la declaración conjunta.
Sin embargo, si el descendiente tiene rentas superiores a 1.800 € y presenta declaración conjunta con uno de sus progenitores, será este el que aplique dicho mínimo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.