miércoles, 14 de marzo de 2018

AUTONOMOS Y TRÁMITES CON LA SEGURIDAD SOCIAL

La OM ESS/214/2018 de 1 de marzo de 2018 establece para los trabajadores autónomos la obligación de gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, cotización y recaudación.
 

Se podrá realizar de dos formas:
 
1.- A través del sistema Red. El trabajador autónomo designará a un autorizado Red para que actúe en su representación y realice todos los trámites.
 
2.- Directamente en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Para acceder a la sede electrónica es necesario disponer de un certificado electrónico, del DNI electrónico o del Sistema Clave.
 
La obligación de realizar todos los trámites por vía electrónica también incluye la recepción de las notificaciones electrónicas. Para esto, es importante que el autónomo tenga actualizados sus datos en la Seguridad Social (teléfono y dirección de correo electrónico).
 
Cuando el autónomo tenga una notificación de la seguridad social, ésta le informará en el correo electrónico de que tiene a su disposición una notificación. Podrá acceder a ella en el "Servicio de consulta y firma de notificaciones telemáticas de la sede electrónica" de la seguridad social, y la tendrá a su disposición durante el plazo máximo de 10 días.
 
Si el autónomo ha designado un autorizado Red, éste también recibirá un aviso de la notificación y podrá acceder y firmar su recepción.
 
La OM establecer un período transitorio de adaptación de seis meses por lo que esta obligación será efectiva a partir del 01 de octubre del 2018.